Tipos de Justicia

La justicia se clasifica en distributiva, procesal, retributiva y restaurativa.

El concepto de justicia es uno de los más aclamados desde que se conoce de la humanidad, el mismo implica una serie de definiciones que enunciaremos a continuación:

  • El otorgamiento de los derechos que a cada quien le corresponden, como entidad que forma parte de un sistema social, formado por un conjunto de leyes.
  • El conjunto de articulados legales que regulan un determinado grupo social, y que se encuadran entorno a la misma, en su recto proceder y en la forma de restaurar los daños que las conductas inapropiadas hayan causado.
  • Velación del cumplimiento de las leyes que realizan los órganos gubernamentales encargados de velar por la conducta social, para asegurar así un correcto orden social, armónico y en el que no reine la anarquía.

Comúnmente suele confundirse la justicia con la equidad, entendiendo que la justicia es dar a cada uno lo que le corresponde, mientras que la equidad, busca la equiparidad de condiciones para todos por igual.

¿Cuáles son los tipos de justicia?

Distributiva

Es una forma de brindar a cada quien lo que le pertenece, por medio del acceso por igual a los recursos, lo que se busca con la justicia distributiva es que todas las personas cuenten con iguales condiciones para acceder a los beneficios de la sociedad, sin que por ello se interponga limitantes particulares.

Es decir, que la justicia distributiva lo que persigue es que todas las personas puedan tener acceso a los órganos estatales y los beneficios sociales, sin que se estipulen condiciones para ciertas personas, sino que todos puedan ser tratados por igual.

Este concepto ha sido bastante vilipendiado, por considerarse en un principio que el mismo lo que pretende es el establecimiento de una equidad utópica, que pretende determinar condiciones iguales para todos, quienes lo critican alegan que siempre existirán personas con méritos y cualidades que deben de ser tratadas diferentes y contar con otras vías de acceso; uno de los sistemas que más se opone a este tipo de justicia, es la conocida meritocracia.

Procesal

Es una forma de justicia que deviene de las propias leyes, la cual comprende:

  • Principio de igualdad, todos los ciudadanos son iguales ante la ley.
  • Todos los ciudadanos tienen derecho a un trato digno de parte de las instituciones del Estado, garantes de los derechos y justicia.
  • Todos los ciudadanos deben de contar con el acceso debido a los órganos de justicia, cuando la situación lo amerite, entendiendo que se les respetarán los lapsos, se garantizarán las prerrogativas y se aplicarán las atenuantes a que haya lugar.

De modo tal, que esta es la justicia plasmada en papel, se denomina procesal, porque es la ejecutada por los órganos jurisdiccionales, más exactamente por los juzgados y entidades administrativas, que reciben las distintas solicitudes o demandas de los ciudadanos, referentes a los derechos que le han sido vulnerados o bien las situaciones jurídicas que le han sido irrumpidas.

Retributiva

Aquella que considera que a cada mala acción le corresponde una pena, en la misma magnitud de su mal obrar, es decir, que es una especie de justicia que determina el castigo conforme a la mala acción ejecutada por la persona.

De modo tal, que puede considerarse la misma como una especie de ley de talión que ejercen los órganos jurisdiccionales sobre los sujetos, entendiendo que a quienes cometan faltan leves, le corresponderán pequeñas sanciones; mientras que a aquellos que comentan faltas graves le corresponderá sanciones de mayor rigurosidad o bien castigos sin mayores consideraciones.

De modo tal, que por lo que se puede apreciar es un tipo de justicia que se enfoca netamente en el victimario buscando su castigo y la aplicación de medidas correctivas para que no recaiga en la misma conducta.

Restaurativa

Aquella que se concentra en la víctima, el fin de la justicia restaurativa es asegurarle a aquella el respeto a su derecho, o bien la reintegración de su bien, como también la salvaguarda de su condición jurídica vulnerada.

Es una justicia que se enfoca en la persona agredida, y que pretende es que se le resarza el daño que bien otro sujeto le haya ocasionado o bien lo que una institución le haya generado.

 

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