La delincuencia se clasifica en sentido propio, con infracción, la grave y la que afecta la civilización; se clasifica también en común y organizada.
El término de delincuencia resulta muy complejo y es que el mismo hace referencia a la forma de actuar de un individuo contraria a la ley o bien a las costumbres, de modo tal, que la delincuencia se presenta como una actitud que contraviene en todos sus aspectos lo más complejo de la sociedad, que son sus normas.
Muchos han indicado, que para que haya delincuencia en sí, la conducta del individuo debe estar tipificada como punible, es decir, que la misma debe de ser sancionada previamente por la ley; pero también es posible percibir que la delincuencia nace (sociológicamente hablando) como una conducta que brota del individuo como parte de una insatisfacción con su propia personalidad.
¿Cuáles son los tipos de delincuencia?
En sentido propio.
Se denomina la delincuencia en sentido propio como aquella que nace directamente en el individuo, es decir, aquella que proviene de su deseo de delinquir y de cometer actos vandálicos.
Y es que muchos expertos consideran que la conducta delictual nace o bien proviene de un declive de la personalidad, es decir, el sujeto siente el deseo impulsivo de ir contra la ley, de contravenirla, de ocasionar problemas y de alterar la dinámica natural de la sociedad.
Se considera que estos son aquellos individuos que nacen con un espíritu o bien con una personalidad anárquica, por lo que se les da de forma negativa la interrelación personal.
Con infracción.
En este caso, nos referimos a conductas leves, es decir, que contraviene la ley, pero que de una forma u otra no acarrean una sanción estricta, sino que por el contrario se trata de un castigo muy leve.
El aspecto leve, se debe a que se le compara con las conductas delictuales graves, es decir, aquella que acarrea una sanción más severa, en todo caso estas las detallaremos en un apartado posterior.
En lo que respecta a la delincuencia leve, esta hace referencia más que todo a los delitos que acarrean infracciones, verbigracia el pago de multas, tal es el caso de las conductas atípicas que se produzcan en la administración, por ejemplo, el no cumplir con el pago de multas, acarrea infracciones y sanciones.
De igual forma, ciertos delitos ambientales acarrean sanciones, por igual aquellos actos que se realicen en contra de las leyes de tránsito pueden contravenir y generar la aparición de multas, consideradas leves antes la misma ley.
Grave.
En este caso, se hace referencia a aquellos delitos que más allá de acarrear una sanción pueden ocasionar una pena, es decir, que son punibles y frente a estos no se admite ningún tipo de negociación, en particular estamos hablando de todas aquellas ocasiones donde la persona comete una acción que es castigada con la cárcel.
Es decir, que esta clase de conductas delictivas, son punibles porque atenta contra la integridad del ser humano, de modo tal que la persona debe ser fuertemente castigada, porque sus acciones constituyen un peligro latente contra la sociedad y su propia vida.
Afecta la civilización.
Existen expertos que consideran que esto no es una forma de delincuencia, por cuanto en muchos casos no se ocasiona un daño ni personal ni social, obviamente tal criterio es emanado desde una perspectiva jurídica, la cual contempla acciones que son sancionables, punibles y por ende castigables.
Pero su clasificación obedece a una perspectiva netamente social, y es que desde el punto de vista, la persona que manifiesta una conducta antisocial sin rayar en el delito o bien sin ocasionar faltas graves a los demás, fácilmente puede incurrir en delincuencia.
Aunado a ello, la persona que cuenta con una conducta asocial, es decir, que le cuesta relacionarse con sus homólogos por igual, puede fácilmente presentar una conducta con posterioridad que le haga actuar de forma delictiva.
Común.
Son aquellas acciones que se realizan por parte de una persona o bien por dos y consisten en acciones que pueden ser desde leves hasta graves, es decir, que las mismas pueden acarrear consecuencias nefastas si se hacen reiteradas o bien escalan de magnitud.
En todo caso, este modelo de delincuencia, igualmente es punible, y se constituye en una de las modalidades más reiteradas que pueda existir en el sector, por lo que las personas pueden considerarla no peligrosa, cuando en realidad lo es, ya que esta fácilmente puede cultivarse en los estratos como un germen que fácilmente puede corromper una sociedad.
Organizada.
Se trata de una forma de delincuencia conforme a la cual, se realizan actividades diversas, entre las que se incluye el robo, el secuestro, la extorsión y en última instancia el asesinato o bien el cometer actos que atenten contra la integridad física de la persona.